Hay monedas que pueden darte mucho dinero aun cuando parecen insignificantes. Quizás sean antiguas y tengan errores. Precisamente por eso son buscadas por coleccionistas que quieren piezas únicas. Algunos ven la numismática como una afición y otros como un negocio, una inversión. Según registra “La Razón”, la compra o venta de estas piezas está sujeta a una fiscalidad. Antes de realizar transacciones de este tipo te conviene saber algunos aspectos legales para que no quedar en falta.
La Ley de Patrimonio Histórico Español (16/1985 de 25 junio) recoge que “el Estado es el único con competencia exclusiva sobre cualquier patrimonio cultural, histórico y monumental”, consigna “Coleccionistas de Monedas”.
La Agencia Tributaria expone que el régimen especial de objetos usados, obras de arte, antigüedades y artículos de colección (como podrían ser las monedas) es voluntario y aplicable a “las entregas de determinados bienes efectuadas por los revendedores cuando intervengan en nombre propio, donde le base imponible del impuesto se determina de forma especial”.
Que este régimen entre en vigor hace que los comerciantes de monedas y billetes estén sujetos a una serie de obligaciones, como registrar las transacciones que realicen (con una correspondiente factura donde se refleje el IVA) y la redacción de un escrito donde se justifique la compra o venta de artículos.
"Portales de venta online no regulada".
“Coleccionista de Monedas” informa que esta realidad “pocas veces se concreta y mucho menos en transacciones que se realizan en portales de venta online no regulada”.
Cuál es la obligación
El portal especializado en numismática advierte que la obligación es declarar anualmente las compras y ventas que sean superiores a 3.000 euros anuales.